La muerte digna gana una batalla legal en un momento en el que ha vuelto a verse cuestionada a raíz de unos casos recientemente sucedidos en Barcelona, en los que los padres de dos pacientes —sin relación entre ellos— se habían opuesto a la eutanasia que pedían sus respectivos hijos y habían llevado los casos a los tribunales. Una jueza había paralizado cautelarmente la muerte asistida de estos dos pacientes. En ambos casos, habían recibido el aval médico y también del Comité de Evaluación y Garantizabas de la Generalitat. Ahora, el juzgado contencioso-administrativo número 5 de Barcelona desbloquea uno de estos casos, tal como ha avanzado este viernes la Cadena SER y ha podido confirmar El Nacional, al considerar que la decisión del paciente, adulto de 54 años y en plenas facultades para decidir, no puede ser deslegitimada por su entorno.

El primer caso de que trascendió fue el de una chica de 23 años afectada de una lesión medular que la mantiene con una discapacidad de 74% y, a su vez, sufre un trastorno límite de la personalidad y ha pasado por varios intentos de suicidio; su padre, representado por la asociación de extrema derecha Abogados Cristianos, llevó el caso a los tribunales y una jueza del contencioso-administrativo de Barcelona paralizó la eutanasia en agosto. Este caso sigue en espera después de que la jueza lo elevara al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya y este se declarara no competente y lo devolviera.

La misma jueza paralizó días después otro caso similar, el de un hombre de 54 años, Francesc A., que ha sufrido tres ictus y dos infartos desde el 2020 y que, en consecuencia, presenta importantes secuelas. Este es el caso que ahora el juzgado ha desbloqueado y permitirá que se realice la muerte asistida. El hombre sufre afasia —que le dificulta el habla—, no puede escribir sin ayuda, le cuesta seguir el hilo de frases largas y, aunque comprende lo que se le explica, es incapaz de mantener una conversación con normalidad. Aparte, tampoco puede conducir ni moverse sin ayuda de un bastón. Por esta razón, y a pesar de los tratamientos, hace un año expresó a los médicos que "a raíz de su discapacidad no le encuentra sentido a la vida". El paciente relató a los sanitarios que "no quiere llegar a tener más discapacitado".

 

Una vez recibido el aval médico, el padre recurrió la decisión ante el juzgado contencioso. En este caso, alegó que su hijo sufre problemas de salud mental y que, aunque es cierto que tenga dolores, cree que con un tratamiento adecuado y pautas médicas lo puede soportar. En cambio, los médicos que evaluaron el caso, descartan cualquier patología mental. "Durante la entrevista, el paciente no muestra ninguna alteración cognitiva, entendiendo que es completamente apto para tomar decisiones", aseguraron. "Desde el punto de vista de diagnóstico psiquiátrico, no presenta síntomas de esfera anímica. No tiene criterios de diagnóstico de depresión u otros trastornos", añadieron.

Ahora, en su auto, la magistrada da la razón al paciente y al comité de Garantías de la Generalitat, al considerar que la decisión no corresponde al familiar, sino al paciente, y que, de otra forma, este derecho estaría en juego porque no tendría garantías ni sería efectivo. Un tercero, a pesar de ser su padre, tal como argumenta la jueza, no puede atribuirse el derecho sobre la vida de un adulto en plenas facultades mentales para tomar esta decisión.