La Fiscalía ha presentado un recurso contra el 100.2 de Jordi Sànchez, que le permite salir de la prisión para hacer tareas de voluntariado 3 días a la semana.
El ministerio público alega que "de los informes del equipo técnico no se deriva que el interno haya realizado programa de tratamiento específico ni la valoración del mismo, simplemente se indica en el informe psicológico que "ha realizado actividades orientadas a ampliar suya formación a través de competencias transprofesionales, realizando tareas como promotor cívico, para trabajar las competencias personales basadas en las habilidades y hábitos y con la incorporación a la actividad de excavaciones, como un mecanismo para intercambiar conocimiento y mejorar la capacidad de razonar, escuchar y construir de manera conjunta un nuevo pensamiento y discurso mediante el lenguaje, el diálogo y los valores éticos".
Según la Fiscalía hay riesgo de reiteración delictiva: "De los informes que fundamentan la propuesta favorable de permiso de la junta de tratamiento de 16/1/20, como la falta de reconocimiento del carácter delictivo de su conducta y asunción de la responsabilidad, ya que solo cuando se asume la responsabilidad, el peligro de recaída en otros episodios delictivos se aleja de manera rotunda, ve difícil, si no imposible, detectar la posibilidad de que se cumpla la finalidad de reeducación recogido en el art. 25 de la CE en quien no asume el carácter delictivo de los hechos que fueron objeto de condena".
En opinión de la Fiscalía el objeto del voluntariado no se cumple. Según el ministerio público, "no solo no existe relación entre el delito cometido y la realización de la actividad de voluntariado, cuya finalidad es según el informe psicológico "atender a personas que están en situación de vulnerabilidad y de exclusión sociales", sino que esta tarea no es un déficit que tenga que trabajar el interno.
"El régimen propuesto no se fundamenta, es decir, no tiene su razón de ser, en un programa específico de tratamiento que sin el mismo no podría ser ejecutado, ya que en el informe psicológico se indica que a través de las tareas de voluntariado se pretende "objetivar las estrategias trabajadas durante su intervención, constatando su evolución" (no sabemos qué intervención se ha realizado y los resultados que se han conseguido), así como "orientar hacia una reinserción social potenciando la vinculación comunitaria", pero estos aspectos pueden y están siendo cubiertos en el propio centro, dado que el interno, tal como se indica en el informe del educador, "realiza actividades como gestor y promotor cultural dentro y fuera de la lección", prosigue la fiscalía.