Las medidas de la emergencia por sequía en el acuífero del Fluvià-Muga y al pantano de Riudecanyes entran en vigor este miércoles, después de que hayan sido publicadas en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOCG). La decisión se anunció la semana pasada, cuando el director de la Agencia Catalana del Agua (ACA), Samuel Reyes, comunicó la situación en que se encuentran las dos reservas y en el necesitado de imponer medidas de emergencias. Es la primera vez que Catalunya activa la alerta máxima por una crisis hídrica.
Poco después del anuncio de las medidas, en una entrevista en Catalunya Radio, aprovechó para remarcar la necesidad de implementar un régimen sancionador para garantizar el seguimiento de las restricciones de uso de agua ante la grave sequía que sufre el país. Aunque hay municipios que consumen mucha más agua de la establecida, no se han aplicado sanciones. Todo se debe al hecho de que el Parlamento decidió que, por ahora, no se imponían estas medidas sancionadoras. Por eso el director subrayó su importancia: "El problema es que no podemos sancionar y eso ha permitido que se llenen piscinas y se hagan plantaciones verdes por algunos ayuntamientos".
Las restricciones de aguas que entran en vigor
Estas severas restricciones afectan a un total de 26.000 habitantes. La comarca más afectada es la del Alt Empordà —con 22 municipios en emergencia: Agullana, l'Armentera, Capmany, Espolla, Garriguella, la Jonquera, Masarac, Mollet de Peralada, Palau-saverdera, Pau, Pedret i Marzà, Peralada, Sant Climent Sescebes, Sant Miquel de Fluvià, Sant Mori, Sant Pere Pescador, Torroella de Fluvià, Ventalló, Vilabertran, Viladamat, Vilajuïga y Vilamacolum. En el caso del pantano de Riudecanyes (al 6%), en el Baix Camp los dos municipios afectados son Riudecanyes y Duesaigües.
Las restricciones que todos estos ciudadanos tendrán que cumplir incluyen una dotación máxima de 200 litros por habitante y día que puede bajar hasta los 160 en caso de emergencia extrema. Quede claro que se aplican todas las limitaciones de las fases de alerta y excepcionalidad con los añadidos siguientes:
- Supresión del riego agrícola (se podrá autorizar solo el riego de supervivencia de cultivos leñosos).
- Reducción del 25% de los consumos de agua de los usuarios industriales.
- Reducción del consumo de agua en los usos recreativos (25% en usos asimilables a urbanos y supresión total del riego).
- Prohibición del uso de agua para el riego de jardines y zonas verdes (públicos y privados).
- Prohibición total del llenado total o parcial de fuentes ornamentales, lagos artificiales, piscinas de agua dulce.
- Prohibición de limpiar cualquier vehículo excepto en establecimientos de limpieza específicos.