El Gobierno ha aprobado hoy un decreto ley con el objetivo de mejorar la protección de los derechos de las personas consumidoras de servicios o contenidos digitales, como programas informáticos, APP's, diarios en línea, o plataformas audiovisuales de entretenimiento. La nueva norma, que se incorporará al libro sexto del codi civil català sobre obligaciones y contratos, tiene como finalidad modernizar y poner al día el derecho civil catalán, y al mismo tiempo adecuarlo a las exigencias de la normativa europea en materia de consumo, que tiene que entrar en vigor el próximo 1 de enero de 2022.

La consellera de Justicia, Lourdes Ciuró (Junts), ha detallado que el contrato de suministro de servicios o contenidos digitales, que se introduce por primera vez en el codi civil català, permitirá un plazo de garantía de hasta tres años, cuando en la normativa europea es actualmente de dos años. El texto del Decreto Ley recoge todos los aspectos que permitirán garantizar los derechos de los consumidores y las obligaciones de quien da el servicio, de la misma manera que el código civil recoge otros tipos de contratos, como de compraventa.

Se considera un servicio digital el que permite al comprador crear, tratar, almacenar o consultar datos en formato digital, o que permite compartir datos en formato digital  creados por el mismo comprador u otros usuarios de este servicio, o interactuar de cualquier otra manera con estos datos. Y se considera contenido digital los datos producidos y suministrados en formato digital.

Más garantías

La regulación europea protege al consumidor cuando el contrato tiene una duración inferior a los dos años y establece que el plazo de garantía se tiene que extender a un mínimo de dos años. El Departamento de Justicia asegura que el derecho civil catalán, en este caso, va más allá en la protección del consumidor y, como recoge el Decreto Ley, establece un plazo de hasta tres años de garantía cuando la persona que adquiere los contenidos digitales no está conforme con el servicio digital que se le ha instalado o ha contratado. Por otra parte, el suministrador o prestador del servicio no será responsable cuando quién lo adquiere no tiene un entorno digital compatible con los requisitos técnicos que precisa el contenido digital.

Los trabajos de redacción del Decreto ley han ido a cargo de la Comissió de Codificació de Catalunya, que es un órgano formado por profesionales jurídicos y que se encarga de diseñar, desarrollar y revisar el derecho civil propio de Catalunya. Las propuestas de la Comissió de Codificació las verifica el Observatorio de Derecho Privado de Catalunya.

El Parlamento de Catalunya es el responsable de aprobar las actualizaciones del codi civil català para que dé respuesta legal a los retos y a las necesidades sociales de hoy. El corpus legal vigente en Catalunya sobre derecho civil lo forman seis libros: El primero (2002) establece la estructura y sistemática del Código civil de Catalunya; el segundo (2010) está dedicado a la persona y la familia; el tercero (2008) regula a las personas jurídicas, como las asociaciones y las fundaciones; el cuarto (2008), las sucesiones; el quinto (2006), la propiedad, y, finalmente, el sexto (2017) regula las obligaciones y los contratos.

 

Foto principal; usuarios miran ordenadores / ACN