El Ayuntamiento de Mataró ha aprobado una ordenanza de movilidad que prohíbe a los menores de 16 años conducir patinetes eléctricos, obliga al uso de casco y exige un seguro a terceros para bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) destinados a actividades económicas. La nueva ordenanza, que sustituye la del 2009 y previsiblemente entrará en vigor al principio de diciembre, es más restrictiva que la normativa general en aspectos como el uso de VMP y pone el foco en los peatones y colectivos más vulnerables.
La novedad más destacada es la limitación de la edad mínima de conducción de patinetes eléctricos y otros vehículos equiparables a jóvenes de 16 años, que tendrán que llevar también un casco de protección homologado. El objetivo de esta ordenanza es pacificar y conciliar la circulación de vehículos, dando prioridad a la circulación a pie y la movilidad sostenible.
Igual que en Barcelona, Mataró prohibirá el uso del patinete eléctrico a los menores de 16 años. En la capital catalana la restricción entró en vigor en enero del 2021. La ordenanza de Barcelona limita la edad permitida para conducir un VMP o un ciclo de más de dos ruedas a los 16 años en todos los casos.
La ordenanza es más dura que la regulación de estos vehículos que hizo el Ministerio del Interior que les prohibía circular por aceras y zonas para los peatones ni superar los 25 kilómetros por hora de velocidad. De hecho, el Ministerio regulaba la circulación de estos tipos de vehículos de movilidad personal haciendo tiempo que los ayuntamientos pudieran adaptar sus ordenanzas a la irrupción en las calzadas urbanas de los vehículos de movilidad personal (VMP) y habilitar, si así lo estiman oportuno, zonas de aparcamiento para estos medios de transporte (patinetes y sabway). La regulación del patinete formaba parte de un paquete de reformas legales, aprobado por el Gobierno el pasado 10 de noviembre, el objetivo del cual era generar un nuevo modelo de seguridad vial que permita rebajar en un 50 por ciento a los muertos y los heridos graves durante la próxima década.
Seguros para bicicletas
Además, las bicicletas y patinetes que se destinen a una actividad económica tendrán que disponer de un seguro de responsabilidad civil delante de terceros para cubrir los daños y perjuicios y se tendrán que inscribir obligatoriamente en el registro municipal.
Por otra parte, bicicletas y VMP tendrán que circular a las vías urbanas por la calzada, ocupando la parte central del carril, o bien en vías ciclistas o zonas habilitadas, pero no por la acera u otras áreas para peatones ni tampoco por|para vías con la velocidad limitada a 50 kilómetros por hora.
En el caso de patinetes mecánicos, monopatines o similares, podrán circular por aceras y calles residenciales sin embargo a una velocidad adaptada al paso de la persona y con casco obligatorio para menores de 16 años.