"El menor en contextos de violencia machista es el gran olvidado en los procedimientos judiciales. Y en el estudio lo confirmamos: Hay descoordinación entre juzgados de lo penal y civiles, y el menor queda desprotegido." Es una de las conclusiones de la investigación Medidas de protección de los y las menores víctimas de la violencia machista, elaborado por diez autoras de la Universidad Rovira y Virgili, que se ha presentado hoy en la jornada Violencia Vicària. Estado de la Cuestión, en el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada (CEJFE) de Barcelona. El estudio se ha realizado a partir de 27 entrevistas a profesionales y la aplicación de las leyes: 17 del sistema de la administración de justicia (jueces, fiscales, abogados) y 10 del sistema asistencial (como psicologías, técnicas y una agente de los Mossos de Esquadra).

Las autoras, catedráticas de varias disciplinas, recuerdan que un total de 765 menores quedaron huérfanos entre el 2003 y el 2019 a causa de crímenes por violencia machista en el Estado español, según datos oficiales, y tanto estos como la mayoría que ven agresiones a sus madres, no son lo suficientemente protegidos por la Administración de Justicia. Señalan que hay que mejorar la coordinación de los abogados que atienden a la madre, así como "una mayor implicación de la fiscalía en los casos de los menores en el ámbito civil", donde se debaten medidas, como custodia de los hijos, aparte de mejorar el sistema para que los jueces puedan consultar expedientes de otras jurisdicciones, como entre causas civiles y penales. "Hay muchas descoordinaciones", insisten.

 

Fiscalía y Martorell

En la exposición, Elisabet Cerrato, una de las autoras, ha declarado que "la fiscalía no cumple su obligación de velar por la protección del menor en todos los procesos de violencia machista" y que hay que exigir su presencia para proteger al menor, como reclaman los abogados. También ha pedido una mayor dotación de recursos, materiales y personales, para que el ministerio fiscal pueda llegar en todos los juzgados.

Una constatación de esta realidad es la expresada a la sala de gobierno del TSJC, el febrero pasado, por la junta de jueces de Martorell, que expone que la fiscalía no asiste a las vistas de los juzgados de procedimientos de familia con menores ni a  sus exploraciones. La inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lo tiene constatado desde el año pasado. El abril pasado, la Fiscalía de Barcelona propuso una solución. Los jueces ya ofrecieron a la fiscalía concentrar las vistas en los días que hay juicios de delitos leves, donde el fiscal sí que asiste, para facilitarles el trabajo.

Primero civil

La investigación utiliza ejemplos para demostrar "situaciones contradictorias en la aplicación de la ley", como la atribución del uso de la vivienda familiar o la orden de alejamiento del agresor hacia las víctimas en el ámbito penal, mientras que se otorgan régimen de visitas en el ámbito familiar al agresor. Otro caso es cuándo los juzgados de violencia sobre la mujer acuerdan medidas de protección como la suspensión de la patria potestad a los agresores, y estas, posteriormente, no quedan ratificadas o modificadas por los juzgados civiles en que conocen los casos de la separación o divorcio de la pareja.

En este sentido, una de las propuestas innovadoras de la investigación es que "si la violencia de género se abordara primero desde los juzgados de familia, habría más conciencia y visibilización de la situación de los y de las menores" y, de esta manera, aseguran que se dictarían más medidas civiles y más adecuadas a su protección. Además, añaden que "si la vía penal se abordara en un momento posterior, y la mujer hubiera conseguido salir del ciclo de la violencia, estaría más fuerte para afrontar todas las fases del proceso penal, dotado de las garantías que le son propias, con menos abandonos y desistimientos que repercuten en la situación de las personas menores". En casos graves hay que dar prioridad a la jurisdicción penal, precisan.

La prioridad del ámbito civil respecto el penal en casos de violencia machista indican que se realiza en países europeos, como Alemania. Con todo, admiten que es un cambio procesal difícil y por eso las profesionales proponen que siempre que haya menores, el juzgado de violencia de género se tendría que pronunciar sobre las medidas civiles, incluso en aquellos casos en que no se acabe adoptando una orden de protección. Insisten en que si el juzgado de familia pudiera acceder a toda la información del proceso penal, posibilitaría que el juzgado de violencia sobre la mujer se centrara exclusivamente en el aspecto penal y la jurisdicción civil abordara toda la cuestión de familia.

Reformas

"El menor no es una víctima indirecta si está en un contexto de violencia machista. La ley del 2015 ya lo dice que es una víctima directa, pero hay profesionales que todavía no lo consideran", ha declarado Cerrato en la presentación. Y es que la Administración de Justicia no trata a un menor como víctima de violencia machista si él no lo ha sufrido directamente. También han hecho referencia que dos nuevas normas intentan cubrir estas lagunas y que habrá que ver su aplicación. Una es la Ley Orgánica 8/21 de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente de la violencia. Y la segunda es la reforma, hecha el noviembre pasado, del libro de Familia del Codi Civil Català, que también precisa que todos los menores son víctimas de la violencia machista vivida en el hogar y se refuerza su protección.

La consellera de Justicia, Lourdes Ciuró, que ha presentado la jornada, ha hecho referencia al decreto ley impulsado por el Govern para cambiar el Codi Civil "con el fin de proteger a todos los menores en casos de violencia machista y vicaria". Ciuró ha insistido: "Hace falta cambiar la percepción que un maltratador, sea padre o madre, puede ser un buen progenitor" y se ha comprometido "a tomar nota" de las propuestas de la investigación para resolver las descoordinaciones de los agentes que participan al atender a las víctimas de violencia machista.

 

El agresor

En cuanto al violento, las profesoras indican en el estudio que "hay que trabajar con los agresores desde la tarea sensibilizadora", que en el ámbito procesal podría consistir "a añadir a las sentencias algún tipo de redactado donde se manifieste el rechazo de todo tipo de violencia, de forma que cuando el penado la lea, lo ayude a responsabilizarlo y sensibilizarlo". En este sentido, se propone incorporar un tipo “cláusula de estilo”.

También exponen que en el supuesto de que se plantee la recuperación de la relación paterna filial, después del cumplimiento de una privación del ejercicio de la patria potestad, es importante establecer un proceso de aproximación progresiva y pautada entre el o la menor y su padre mediante visitas tuteladas y supervisadas por especialistas, a través de los puntos de encuentro.

La consellera Lourdes Ciuró con las autoras del estudio, hoy / D.J.