Fèlix Millet y Jordi Montull han quedado absueltos de la primera condena por las irregularidades en la tramitación de la construcción del Hotel del Palau de la Música. El Tribunal Supremo ha tumbado por segunda vez la sentencia de la Audiència de Barcelona que los condenaba a un año de prisión. El Tribunal Supremo lo acaba de notificar a las partes.
Según la sentencia, "no queda acreditado que el contrato de compra-venta fuera facilitado por Millet o Montull, ni por otras vías, a nadie del resto de los acusados, ni tan sólo resulta acreditado que conocieran su existencia". El texto del Supremo dice que en la adjudicación y tramitación de los terrenos y la construcción del Hotel del Palau, que nunca se llegó a hacer, habido una "indudable democratización del procedimiento seguido".
La Sala Segunda estima los recursos interpuestos por los dos condenados y desestima los recursos del fiscal, de la fundación privada Orfeó Català Palau de la Música Catalana y de la Asociación de Vecinos para la Revitalización del Casco Antiguo de Barcelona contra la sentencia de la Audiència provincial de Barcelona que, además, absolvió a la anterior cúpula de Urbanismo de Barcelona.
El Ministerio Fiscal argumentaba que Millet y Montull "hicieron constar datos falsos en relación a la titularidad real de las fincas de la calle Sant Pere Més Alt en las Memorias que presentaron, sabiendo que tal falsedad se trasladaría a las resoluciones que postulaban. Para eso ocultaron en los expedientes el Convenio de 8 de marzo del 2006. Contribuyeron de manera eficaz, como inductores, cooperadores necesarios o autores mediados al delito de falsificación de documento oficial que cometieron otros".
A Millet y Montull les condenaron a un año de prisión y a pagar una multa de 3,6 millones y 900.000 euros, respectivamente, por los delitos de tráfico de influencias y ofrecimiento de cometerlos.
Segunda revisión
Esta es la segunda vez que se revisa la sentencia de este caso. La Fiscalía había presentado el recurso porque en un primer momento había pedido hasta 10 años de prisión para los dos exresponsables del Palau de la Música. El fiscal Antoni Pelegrín no veía bien motivada la sentencia y recurría también porque deja impunes a los exresponsables del área de Urbanismo del Ayuntamiento. La primera vez que se revisó, ahora hace un año, el Supremo ordenó a la Audiencia de Barcelona que repitiera la resolución porque había un "error patente" diciendo que era irrelevante que la cúpula de Urbanismo no supiera que se había hecho un cambio de titularidad de los terrenos.
Lo que se esperaba con la segunda revisión es que cambiara el sentido de la sentencia con respecto a la cúpula de Urbanismo. Que de la absolución se pasara a condena. Si el Supremo hubiera hecho caso de las peticiones originales de la Fiscalía, podrían ser 4 años de prisión. Originariamente el Ministerio Público había pedido, también, 10 años de prisión para Fèlix Millet y Jordi Montull, y la condena final los rebajó hasta sólo un año.
La excúpula de Urbanismo del Ayuntamiento de Barcelona, que en aquel momento inició los trámites para construir un hotel de lujo al lado del Palau de la Música, quedó absuelta. Una vez más, Millet y Montull utilizaron sus contactos para garantizar que el proyecto saliera adelante y negociaron el cambio de titularidad de los terrenos para poder hacer las obras. Finalmente, sin embargo, el hotel no se hizo. Cuando saltó a la luz pública todo el espolio el año 2009, los vecinos de la zona llevaron el caso a la Fiscalía.
Pero el caso fue a juicio, y a Millet y Montull los condenaron a un año de prisión por tráfico de influencias. La cúpula del Ayuntamiento de Barcelona también se sentó en el banquillo de los acusados. El exconcejal de Urbanismo Ramon García-Bragado (PSC); el exgerente del área, Ramon Massagué; el ex director jurídico Enric Lambies y el arquitecto Carles Diaz, quedaron absueltos. Estaban acusados de estar al corriente de todos los movimientos de Millet, Montull y el empresario hotelero Manuel Valderrama que habría pagado 900.000 euros por hacerse con la titularidad de unos terrenos, que eran públicos y de uso exclusivo para servicios sociales. La Fiscalía mantuvo en todo momento que el exconcejal de Urbanismo sabía que habían hecho un cambio de titularidad, aunque García-Bragado lo negó reiteradamente.
El tribunal de la Audiència de Barcelona que hizo el juicio creyó en la versión del exconcejal y lo absolvió a él y a todo su equipo. La sentencia original sólo hace un pequeño toque de atención diciendo que faltó "diligencia" y calificó su actitud "de imprudencia grave". Pero nada más.