Plataforma per la Llengua ha denunciado un nuevo caso de discriminación lingüística, en la que un médico se negó a atender en catalán a un paciente a un centro médico de Antella, un pequeño municipio del País Valencià. El paciente pidió poder hablar en valenciano, pero el médico se negó argumentando que era "de fuera" y el centro no le ofreció ninguna alternativa, de manera que acabó cambiando de lengua para poder ser atendido, según ha trasladado la entidad en defensa del catalán, que asesora a la persona afectada. Plataforma per la Llengua ha denunciado, además, que el Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP) de la conselleria de Sanitat "justificó la discriminación" al ser cuestionada por la entidad. "El SAIP obvia la normativa que reconoce el derecho de la ciudadanía valencianoparlante de ser atendida expresándose en valenciano", ha señalado.
La ONG en defensa del catalán ha reclamado que "se investiguen los hechos" y ha pedido al menos "una disculpa" por parte del centro médico hacia el paciente afectado. "La reparación no es simplemente una formalidad, sino un reconocimiento explícito del valor de los derechos lingüísticos de los ciudadanos. La reparación es crucial porque sirve para restaurar la confianza del ciudadano en la institución y para demostrar el compromiso firme de la administración con la igualdad de trato y el respeto a la diversidad lingüística", señala la entidad.
Obligación legal a atender en valenciano
La organización catalanista recuerda que a los pacientes se les tiene que garantizar el derecho legalmente avalado de expresarse en valenciano. Según establece el artículo sexto del Estatuto de Autonomía del País Valencià, el valenciano es lengua propia del territorio, y es lengua oficial, junto con el castellano. En el artículo 9 del Estatuto, además, se dice que "los ciudadanos valencianos tendrán derecho a dirigirse a la Administración de la Comunidad Valenciana en cualquiera de sus dos lenguas oficiales y a recibir respuesta en la misma lengua utilizada".
En este sentido, al funcionariado, además, se le aplican las previsiones del Estatuto Básico del Empleado Público, que en el artículo 54, que regula los principios de conducta, establece en el apartado 11 que los empleados públicos garantizarán la atención a la ciudadanía en la lengua oficial del territorio que esta pide. La ONG señala que, aunque no se obliga a los funcionarios individualmente a saber valenciano, "sí que existe en la Administración el deber de organizarse, de manera tal que la atención en las lenguas oficiales esté garantizada".