El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado este lunes la anulación del acuerdo que adoptó el claustro de la Universidad Politécnica de Catalunya (UPC) el pasado mes de septiembre de 2021, en qué publicaron un manifiesto en el cual mostraban su rechazo contra las fianzas impuestas por el Tribunal de Cuentas a más de una treintena de líderes del procés|proceso por|para los gastos destinadas a Exteriores. De esta manera, el TSJC da por buena la sentencia del juzgado contencioso administrativo 13 de Barcelona, que en marzo de este año resolvía declarar nulo este manifiesto.

En la primera sentencia, el juzgado, que actuaba a instancias de un recurso presentado por un grupo de profesores de la UPC contrarios al manifiesto suscrito por los miembros del claustro, sostenía que este órgano universitario "había roto con la neutralidad ideológica o política que se espera" de una universidad. En este contexto, el juez indicaba que el acuerdo del claustro implicaba la "vulneración de la libertad ideológica", dado que "la manifestación de una opción tiene que incluir la posibilidad de objetarla, de manera que la adopción de un posicionamiento por parte del centro universitario es contraria a derecho si existe oposición." El TSJC añade que el manifiesto "vulnera la libertad de expresión" porque "se ha impuesto en nombre de la mayoría una opinión contra la voluntad de algunos de sus miembros".

El Tribunal Superior de Justicia catalán arguye que "una universidad no puede abandonar la posición de neutralidad que le es propia en este campo para asumir posiciones ideológicas y políticas de parte, desconectadas, además, de los intereses a los cuales tiene que servir". A la sentencia del juzgado contencioso administrativo número 13 de Barcelona, también se recogía que el principio de neutralidad ideológica es de aplicación a las universidades como integrantes de la administración pública, y que no existe "ningún espacio libro de la ley en el cual puedan actuar poderes públicos". Al mismo tiempo, se descartaba la aplicación del principio de autonomía universitaria a un pronunciamiento político.

El precedente de la UB

Esta sentencia se conoce tres días después de que el Tribunal Supremo también confirmara la nulidad de la resolución del claustro de la Universitat de Barcelona, de 21 de octubre de 2019, en que condenaban la sentencia del juicio del procés. Según el alto tribunal, el claustro universitario es un órgano de gobierno representativo "de una comunidad universitaria plural" y que, por lo tanto, "no puede adoptar acuerdos que se tengan como voluntad de la Universidad y que se refieran a cuestiones de naturaleza política o ideológica, propias del debate social y político, ajenas al objeto y funciones de la universidad y que dividen a la ciudadanía".