El exdirector de Catalunya Radio y de la ACN, Saül Gordillo, ha sido condenado a 1 año de prisión y 2 de libertad vigilada por un delito de agresión sexual por hacer tocamientos a una redactora del Principal, periódico digital donde él era el director. La magistrada del juzgado Penal 7 de Barcelona sostiene que Gordillo se aprovechó de la "prevalencia" de su cargo de director del medio, de la diferencia de edad y de "ser indiferente al consentimiento" de la chica, de 23 años, del cual sostiene "tiene que ser explícito". La periodista no exigía ninguna indemnización, todo y el trauma vivido.
La sentencia no es firme y se puede presentar recurso en la Audiencia de Barcelona. En el juicio, la fiscal Pilar Izaguerri subió la petición de castigo a 2 años de prisión; la abogada de la chica, Noemí Martí, pedía 4 años de prisión, y la defensa, ejercida por Carles Monguilod, la absolución.
Relatos opuestos
Los tocamientos a las partes íntimas de la chica se produjeron en la sala Apolo de Barcelona, después de la cena de Navidad de la empresa del digital, el año 2022. En el juicio, Gordillo aseguró que la chica consintió que le manoseara el culo y negó que se lo hiciera en la vagina: "Le pasé la mano por la barriga." La redactora negó haber consentido dos momentos de tocamientos y aseguró que se quedó en shock. En los hechos probados, la sentencia recoge que Gordillo le tocó la vagina, "a pesar de que fuera un segundo".
Gratuidad de tocamientos y sin consentimiento
La magistrada María del Pilar Calvo es contundente en su resolución: "Doy por probados los hechos objeto de acusación, sin que proceda el tipo atenuado, dada la diferencia de edad, la posición de prevalencia como director del medio de trabajo de la empleada, la gratuidad de los tocamientos. Ya por edad, ya por cargo en la empresa, de forma clara para el acusado indiferente era el consentimiento de la perjudicada, que realizó de forma furtiva y ajena a las miradas de terceros."
"Sin cambio de mentalidad" sobre la protección de la libertad sexual
La magistrada añade: "El acusado no ha entendido el más que necesario cambio mentalidad y protección a la libertad sexual de las mujeres (ras los parámetros del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011, ratificado por España tras instrumento de ratificación y publicado en BOE en fecha de 6 de junio de 2014), cuanto al consentimiento y la interesada interpretación del mismo. Atribuye a la propia perjudicada unas señales de consentimiento que no pueden ser vigentes en la actualidad, en que se exige un consentimiento expreso, que en modo alguno ha sido acreditado por el acusado."
Segundo juicio pendiente
Saül Gordillo tiene que afrontar un segundo juicio por agresión sexual, a una segunda redactora de Principal, aquella misma madrugada del 2022. En este caso, la Fiscalía le pide 4 años de prisión y sostiene que Gordillo se aprovechó del estado de embriaguez de la periodista cuando la llevaba a su casa, en Badalona, a pesar de que descarta que él le pusiera nada a la bebida. Además de la pena de prisión, pide que la indemnice con 10.000 euros. La fecha del juicio está pendiente de fijarse.
¿Puede entrar en la prisión?
A pesar de que la sentencia no es firme, la condena de un año de prisión no implica entrar en la prisión (habitualmente no se ingresa hasta 2 años), a pesar de que se valoran ciertas condiciones, como por ejemplo que sea la primera condena, es decir que la persona no sea reincidente.
Si Gordillo es condenado también en el segundo juicio, habrá que ver si es superior a 2 años para que el tribunal se le haga cumplir encerrado. Además, no se le puede aplicar la agravante de reincidencia, en el segundo caso, porque los hechos pasaron el mismo día.
No obstante, la última palabra la tiene el juez o tribunal sentenciador. Hay tribunales que han hecho cumplir en la prisión penas inferiores a 2 años, especialmente en delitos de corrupción de personas conocidas, como por ejemplo el expresidente del Barça Josep Lluís Nuñez, con la condena rebajada por el Supremo a 2 años y 2 meses por sobornar a inspectores de Hacienda. En poco tiempo, obtuvo el tercer grado.