José Ángel Prenda y Jesús Escudero, dos de los cinco miembros de la Mandada condenados por la violación grupal perpetrada en los Sanfermines del 2016 en Pamplona, han obtenido una rebaja de un año de su condena, que pasa de 15 a 14 años de prisión, según ha dictaminado la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, la conocida ley del 'solo sí es sí". La Audiencia de Navarra considera "jurídicamente obligado" seguir la doctrina jurisprudencial dictada en julio de 2024 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que entonces confirmó la rebaja de 15 a 14 años decretada por la Sala del Civil y Penal para Ángel Boza, el primero de los condenados que lo solicitó. Posteriormente, dos condenados más, José Ángel Prenda y Jesús Escudero, interpusieron recursos de revisión de sus penas, que se han resuelto en el mismo sentido. La Audiencia de Navarra ha emitido estas dos resoluciones judiciales que pueden ser recurridas ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).
La resolución del TS que permite la rebaja
Como sostuvo el TSJN, el mismo Tribunal Supremo había señalado en su sentencia sobre la violación grupal que imponía una condena de 15 años, "próxima" o "cercana" al mínimo legal, unos mínimos que la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, rebajó "sensiblemente". Así, según explicó el TSJN, y avaló el Supremo, la pena máxima continuaba inalterada, pero la mínima bajaba 1 año y 3 meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos a los condenados quedaban 2 años por encima del mínimo posible y por este motivo, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, con un voto particular discrepante, rebajó la pena de 15 en 14, recuerda el tribunal en un comunicado.
Después de que el Supremo ratificó esta resolución en julio de 2024, a principios de este mes el abogado y defensor de los condenados José Ángel Prenda y Jesús Escudero interpuso los respectivos recursos de revisión para obtener la misma rebaja que había obtenido previamente Ángel Bouza. La Sección Segunda de la Audiencia, el tribunal sentenciador, les trasladó en las partes para que presentaran alegaciones. La fiscal consideró que era procedente estimar los recursos y, por lo tanto, rebajar las penas, teniendo en cuenta que "se tiene que seguir el criterio fijado" por el Tribunal Supremo.
Tanto la acusación particular, ejercida por la víctima, como las acciones populares –el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona- se opusieron a las reducciones solicitadas y recurrieron la rebaja el pasado septiembre. A sus resoluciones, la Sección Segunda de la Audiencia reproduce la argumentación expuesta tanto por el TSJN como por el Supremo para |estimar los recursos de los penados. Hay que recordar que cuando se produjo la rebaja del primer condenado, Ángel Boza, la abogada de la víctima, Teresa Hermida, ya va ha señalado que esta rebaja suponía un golpe fuerte al proceso de recuperación de la joven, que hace siete años que está en tratamiento psicológico y ha tenido que abandonar los estudios universitarios.