El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha avalado el archivo por parte de la justicia española del caso por la muerte de la cámara de televisión José Couso en 2003 durante la guerra de Iraq a causa del impacto de un proyectil de los Estados Unidos. La demanda del hermano de la víctima, David Couso, ante el tribunal europeo después de haber agotado todas las instancias judiciales en España, ha sido rechazada por unanimidad por los 7 magistrados de la sala. Con todo, todavía cabría la posibilidad de interponer un recurso contra la sentencia para que el tribunal la vuelva a examinar.
La Audiencia Nacional archivó la causa en 2015, decisión que en 2016 confirmó el Tribunal Supremo y en 2019 el Tribunal Constitucional. Lo que llevó a este archivo fueron varias reformas impulsadas a partir del 2009 en la justicia española, que pusieron fin a la competencia universal ilimitada, por la cual los tribunales podían investigar y perseguir infracciones graves cometidas en el extranjero contra ciudadanos españoles. La atribución de los tribunales se limitó a las infracciones cometidas en el extranjero contra españoles en casos que los culpables estuvieran en territorio español.
José Manuel Couso murió el 8 de abril del 2003 en Bagdad a consecuencia del impacto de un proyectil de un tanque norteamericano contra el hotel Palestina, donde estaba alojado junto con muchos otros periodistas que cubrían la invasión del Iraq. El lanzamiento de este ataque provocó la muerte inmediata del periodista ucraniano Taras Protsyuk, y Couso resultó gravemente herido y acabó muriendo en el hospital. La denuncia de la familia dio lugar a una investigación que condujo a la inculpación en 2011 de tres militares norteamericanos por crímenes de guerra y homicidio y la emisión de órdenes internacionales de busca y captura. Sin embargo, las autoridades norteamericanas alegaron que los militares implicados dispararon en legítima defensa porque creían que estaban siendo atacados y rechazaron entregarlos en España ni tampoco abrir en su territorio un procedimiento penal contra ellos. Las reformas en la justicia española limitaron la acción de los tribunales en este caso y así se decidió el sobreseimiento de la causa.
Ahora, el TEDH ha dado la razón a los tribunales españoles en relación con estas reformas, que considera justificadas. Los magistrados ven "legítimas" las razones que llevaron a limitar la acción de la justicia española en el extranjero, que buscaba evitar el riesgo de saturación de los tribunales y tener en cuenta la dificultad que suponía obtener pruebas cuando los hechos se han desarrollado en el extranjero. Por lo que respecta al caso Couso, descarta que hubiera "inacción" por parte de los tribunales españoles, como esgrimía a la familia, y señalan que entre 2003 y 2015 "se desplegaron esfuerzos considerables" para determinar la responsabilidad de los autores del ataque. En este sentido, apunta que no habría sido posible garantizar un proceso, ya que, una vez rechazada cualquier acción por parte de los Estados Unidos, España no podía actuar, porque su legislación no contempla la posibilidad de juzgar a alguien en rebeldía. Por todo ello, cree que, a pesar de las reformas, el derecho de David Couso a defender sus intereses legítimos ante la justicia no fue vulnerado, porque las reformas no violaron el Convenio Europeo de Derechos Humanos.