El Departament de Treball insiste en que las empresas que no promuevan el teletrabajo pueden ser sancionadas a través de la ley de salud pública, que se modificó con el Decreto 30/2020, que regula el régimen sancionador de incumplimiento de medidas para prevenir la Covid-19, pero no hace mención específica del trabajo distancia. El secretario de Treball, Josep Ginesta, ha admitido que el Govern no tiene competencias para regular el teletrabajo pero ha defendido que sí que tiene para asegurarse de que se previenen y limitan los contagios "de la misma manera que se ha cesado la actividad de sectores", como la restauración.
Según Ginesta, este decreto habilita a inspectores de trabajo y de sanidad a actuar para hacer cumplir las medidas preventivas para combatir la pandemia. El secretario de Treball ha admitido que "el derribo del régimen sancionador" de las actuaciones para allanar la curva de la Covid-19, también en el caso del teletrabajo, es "complejo".
������������ El Consejo de Relaciones Laborales recuerda la obligatoriedad de empresas de facilitar el #teletreball para limitar la movilidad. https://t.co/BCpZjyKXXQ
— gencat (@gencat) October 27, 2020
���� Cuando|Cuándo no sea posible, hay que implantar medidas de flexibilidad horaria para evitar las horas punta del transporte público. pic.twitter.com/3fd27nXtFA
Muchos interrogantes
¿Prioridad u obligación? Este es el punto que hay que matizar sobre el teletrabajo en Catalunya. Por una parte, el conseller de Treball, Chakir El Homrani, ha asegurado que "el trabajo a distancia es obligatorio para todas las empresas que lo puedan hacer, tanto públicas como privadas". En una entrevista en RAC1, ha explicado que en el marco de las resoluciones de Salut, las empresas tienen que permitir a los empleados trabajar a distancia. Si no lo hacen, se exponen a sanciones.
Pero no hace ni 24 horas, desde el mismo Govern, la portavoz Meritxell Budó aseguraba que con el actual decreto de estado de alarma el Govern no puede decretar la obligatoriedad del teletrabajo, ni decidir unilateralmente alguna medida que tenga en cuenta algún confinamiento domiciliario. En estos casos, según ha añadido, se necesita el permiso del TSJC o del Gobierno.
También hay que nombrar al conseller de Empresa, Ramon Tremosa, que sitúa el teletrabajo como una "recomendación". Este choque de interpretaciones también se ha vivido anteriormente en otras situaciones. A modo de ejemplo, el toque de queda. Antes de que el Procicat decretara el horario de inicio definitivo, la consellera de Salut Alba Vergés apostaba por las 22h y la portavoz Budó no cerraba la puerta al horario de las 23h.