El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la rebaja de un año de prisión, de 15 a 14 años, a dos condenados por la violación grupal perpetrada a los Sanfermines de 2016 en aplicación de la Ley orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual. La Sala de lo Civil y Penal señala que es la misma causa y los mismos hechos sobre los cuales ya se pronunció el Tribunal Supremo en julio del 2024, cuando se confirmó la reducción de la condena acordada por el mismo tribunal en septiembre del 2023, a Ángel Boza el único de los condenados que lo había pedido. En las dos resoluciones judiciales anteriores, la Audiencia consideró que era “jurídicamente obligado” seguir la doctrina jurisprudencial dictada en julio del 2024 por la sala de lo penal del Tribunal Supremo, que ya confirmó la rebaja de 1 año.

Después de la rebaja de Boza, otros dos condenados, José Ángel Prenda y Jesús Escudero, también interpusieron recursos de revisión de sus penas que se resolvieron de la misma manera. Las resoluciones se recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que ahora ha confirmado la decisión acordada en febrero.

Misma causa y hechos

Las dos resoluciones judiciales, de las cuales ha sido ponente el presidente del TSJN, Joaquín Galve, la Sala de lo Civil y Penal señala que “no se trata de un procedimiento similar, ni siquiera idéntico, sino de la misma causa y de los mismos hechos” sobre los cuales el Tribunal Supremo confirmó la rebaja de 15 a 14 años decretada en septiembre del 2023. El Supremo indicó que interponía una condena de 15 años “próxima” al mínimo legal, unos mínimos que la misma ley rebajó “sensiblemente”, según exponía el TSJN. El tribunal explicó, que después de la reforma, la pena máxima era inalterada, pero la mínima se reducía en 1 año y 3 meses, así pues, pasaba de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. A consecuencia, los 15 años de prisión impuestos a los condenados quedaban 2 años por encima del mínimo condenable.

En este marco, en septiembre del 2023, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, con un voto particular discrepante, rebajó la pena de 15 a 14 años, una decisión que el Supremo ratificó el pasado mes de julio. Por lo tanto, al examinar ahora la rebaja decretada el febrero pasado por la Audiencia para otros dos condenados, la Sala de lo Civil y Penal reproduce los argumentos esgrimidos por el Tribunal Supremo entonces. Así pues, desestima los recursos presentados por la acusación particular y las dos acciones populares, ejercidas por el gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona. Ahora, las dos resoluciones pueden ser recurridas ante el Tribunal Supremo.