Unanimidad. La sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado por unanimidad el recurso interpuesto por Francesco Arcuri , expareja de Juana Rivas, contra el indulto parcial concedido por el Gobierno el 16 de noviembre de 2021 a esta vecina de Maracena (Granada), condenada a dos años y medio de prisión por la sustracción de sus dos hijos menores, según ha informado el gabinete de prensa del tribunal este martes. La sentencia se conocerá en los próximos días.

A falta de conocer el contenido de la sentencia, el Supremo no atiende la petición de Arcuri que pidió en su recurso la revocación o anulación del real decreto por el que el Gobierno (PSOE y Podemos) indultó de forma parcial a Rivas, condenada a dos años y seis meses de cárcel y a la pérdida de la patria potestad durante seis años de sus hijos por unos hechos cometidos en verano de 2017. El indulto parcial conmutaba a Rivas la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año y tres meses de prisión, y también cambiaba la pena de inhabilitación especial para la patria potestad por 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad. 
 

Argumentos del padre

 

En el recurso, la expareja de Rivas señalaba que en la "sorprendente urgencia" en la tramitación del indulto, hay una "grave vulneración" de actos reglados obligatorios dispuestos en la ley, y  la no incorporación del necesario informe del centro penitenciario, ni los cambios producidos en el expediente de la penada.

A finales del pasado marzo, la Audiencia de Granada suspendió la pena privativa de libertad que  Rivas todavía tenía pendiente tras recibir el indulto parcial, decisión que estaba condicionada a que no delinquiera en tres años. Rivas había ingresado voluntariamente en el Centro de Inserción Social (CIS) Matilde Cantos de Granada en junio de 2021 para cumplir su condena, aunque posteriormente también le fue concedido el tercer grado.
 

El castigo de Rivas

Juana Rivas fue condenada a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores, si bien la sala de lo penal del Supremo estimó parcialmente el recurso de la madre y le rebajó la pena a la mitad al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos, como sí sostenía, la Audiencia de Granada.

Los hechos tuvieron lugar en el verano de 2017, cuando esta madre permaneció un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016. Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su expareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los dos niños un mes después en Granada. 

Satisfacción

Carlos Aránguez, abogado de Juana Rivas, se ha mostrado "muy satisfecho" con la decisión del Tribunal Supremo de avalar el indulto parcial de su defendida, que está "tranquila", porque supone cerrar "definitivamente" en España el caso de esta madre. Aránguez ha manifestado a EFE su satisfacción por la "agilidad, rapidez y contundencia", además de por la unanimidad, con la que este martes se ha pronunciado el Supremo rechazando el recurso presentado por su expareja.

La lucha, ha añadido Aránguez, continúa ahora en los otros dos frentes judiciales abiertos, uno de ellos en Italia, donde esperan respuesta a las denuncias contra Arcuri por presunta violencia de género hacia Rivas y supuesto maltrato a sus hijos, y a la reclamación de Juana por la custodia permanente de los menores.

El otro, en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que según Aránguez ya ha admitido a trámite su demanda contra el titular del Juzgado de lo penal 1 de Granada, Manuel Piñar, por su presunta parcialidad y "maltrato institucional" hacia Juana Rivas, que "manifestaba haber sido víctima de violencia de género, lo que obligaba al juez a trasladar la denuncia al órgano  homólogo -en este caso Italia-".