Doble negativa. La sección 5.ª de la sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha desestimado el recurso de reposición interpuesto por una asociación de la Guardia Civil que reclama la ejecución forzosa de la sentencia sobre la aplicación del 25% de castellano en todos los centros educativos de Catalunya, según ha informado este martes el gabinete de prensa del TSJC. El tribunal ya respondió a la Asociación Profesional de Justicia Civil que no es parte afectada para pedir esta ejecución forzosa, aunque añade que sí que lo podrían ser a título como padres, tal como aceptó a la Asamblea Escuela Bilingüe y a un padre en particular, abriendo la puerta a personas a título individual. Esta aceptación ha roto la jurisprudencia existente hasta ahora, según alertaron dos magistrados de la sala del TSJC. Y es que hasta ahora, en los casos que afecta a todo Catalunya las partes legitimadas eran la Abogacía del Estado, que es quien inició el proceso del 25% de castellano y la Generalitat.

En el recurso, la asociación profesional de la Guardia Civil alega que aunque en el sentido estricto no se le puede considerar un sindicato, "el perfil institucional de las asociaciones profesionales es similar a los mismos", ya que su finalidad es la defensa de los intereses profesionales de los miembros de la Guardia Civil, y que incluyen sus intereses sociales. Y recuerda al tribunal que la admitió como parte en un proceso sobre la campaña de la vacunación por la Covid-19, que ha acabado en un procedimiento penal contra cargos del Departament de Salut de la Generalitat. Además de la ejecución del 25% de castellano, la entidad reclamaba que la Generalitat pagara 450 euros por alumno por cada trimestre "de incumplimiento".

Razonamientos

No obstante, el TSJC reitera a la asociación de la Guardia Civil que "no se aprecia una relación suficiente entre la conciliación de la vida personal y laboral alegada de los miembros de la Guardia Civil". Y añade que el caso "no es abstracto y general" sino que es "una cuestión que afecta a una relación de servicio público limitado a la forma en que se presta el servicio educativo a la comunidad autónoma catalana, que tiene "unos destinatarios concretos". Y concluye que niega su legitimación, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ya que es una asociación vinculada a una finalidad genérica para impugnar un aspecto específico del sistema educativo.

Inspección

Con respecto a la ejecución de la sentencia, dictada por el mismo tribunal en el 2020 y ahora firme, la sala no ha resuelto el fondo, cuando quedan solo días para que finalice el curso escolar. La semana pasada, la a Alta Inspección Educativa, que depende del Gobierno, respondió al TSJC que con su competencia puede verificar el cumplimiento de la ejecución del 25% de castellano en todos los centros educativos de Catalunya requiriendo información y documentación, pero que no puede visitar centro en centro, ya que incumpliría un mandato del Tribunal Constitucional (TC). La sección 5.ª de la sala contencioso-administrativa del TSJC había ordenado el 9 de mayo pasado la ejecución forzosa de su resolución -a petición de la  Asamblea Escuela Bilingüe, al considerarla parte de forma excepcional- y al mismo tiempo requería a la Alta Inspección Educativa "a los efectos de verificar el cumplimiento de la parte dispositiva de la sentencia en el conjunto del sistema educativo de Catalunya, informando al tribunal de la actividad desplegada y de la situación constatada a la finalización del plazo de ejecución señalado". Ahora, hay que ver que resolverá el TSJC, y también falta su respuesta a la solicitud de Òmnium de ser parte comandada, que es más que afectada.