El Tribunal Constitucional ha aprobado por unanimidad denegar la medida cautelar de suspensión de las penas de prisión y de inhabilitación absoluta de Oriol Junqueras y Raül Romeva dictadas por el Tribunal Supremo en la sentencia del juicio al procés.

Lo ha acordado hoy el pleno del TC, según la jurisprudencia fijada que tiene como directriz que la pena se sitúe por encima o por debajo de la frontera de los cinco años de prisión. Eso es el indicativo para "diferenciar entre las penas graves y menos graves", según dice la misma resolución.

La resolución deniega la suspensión dada "la notable extensión de las penas privativas de libertad impuestas, sin que en el presente caso concurran las circunstancias excepcionales que, de acuerdo con la doctrina constitucional, justificarían la suspensión de una pena de prisión grave, es decir, superior a cinco años de duración. Por lo tanto, se considera que tiene que prevalecer el interés general que comporta la ejecución de la sentencia impugnada".

Declaración de Oriol Junqueras en el juicio del Tribunal Supremo

El Tribunal Constitucional también se niega a suspender la pena de inhabilitación absoluta por la que Junqueras y Romeva no pueden ejercer ninguna función política. Lo argumenta también por "la notable extensión de las penas impuestas", por el tipo de delito y por la importancia de los cargos públicos que tenían tanto Junqueras, que era vicepresidente del Govern, como Romeva, conseller de Exteriors.

La Covid-19 en la prisión

El pleno del TC ha dejado de lado la situación de los presos a raíz de la Covid-19 dentro de la prisión, con unas restricciones firmes tanto de visitas como de salidas y horarios dentro de la celda. Pero el Constitucional se desentiende: "No corresponde a este Tribunal dilucidar, y menos todavía en este trámite incidental, sobre la procedencia de la excarcelación interesada, ya que un pronunciamiento de este Tribunal sobre esta pretensión supondría, además, ignorar la naturaleza subsidiaria del recurso de amparo".