El jurado popular ha hecho público su veredicto y declara al cazador de Aspa culpable de la muerte de dos agentes rurales ahora hace dos años.
El veredicto lo declara culpable de asesinato con alevosía y le aplica el atenuante de confesión. en la lectura del veredicto que se ha hecho este viernes al mediodía, el jurado considera que no ha quedado probado que Ismael Rodríguez tuviera una incapacidad psíquica para saber qué estaba haciendo ni alteración que afectara capacidades volitivas cuándo disparó a los dos Agentes Rurales. El jurado considera probada pues la intencionalidad de matar y también que las víctimas no tuvieron posibilidad de defenderse.
El jurado considera que los dos agentes rurales no se pudieron defender, que el cazador no disparó porque no llevaba licencia y que lo hizo "con intención de acabar con la vida de los agentes rurales" porque disparó afectando organos vitales. "Sueño tiros precisos", ha dicho el jurado durante la lectura del veredicto citando los informes forenses que han servido de prueba durante el juicio que ha durado toda esta semana.
Con el veredicto del jurado popular, después el juez fijará la condena. Lo hará según las penas que han pedido las acusaciones.
El asesinato de los dos agentes rurales sacudió no sólo el cuerpo, sino todo el país, y puso sobre la mesa la necesidad de reforzar el tercer cuerpo de emergencias de Catalunya después de los Mossos y los Bomberos.
Y una de las primeras personas a reaccionar ante el veredicto ha sido la consellera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Teresa Jordà, que tiene bajo su paraguas los Agentes Rurales.
Esperando la condena
El juez tiene que fijar las penas según el veredicto del jurado y las demandas de las acusaciones.
El ministerio fiscal mantiene la pena de prisión de 48 años por dos delitos de asesinato con atenuante por confesión y por un delito por tenencia ilícita de armas. Además, ha añadido una multa por un delito contra la fauna y la flora.
La acusación particular, de su lado, se ha mantenido en su petición de 51 años de prisión por un doble asesinato, un delito por tenencia ilícita de armas y un delito contra la fauna y la flora.
Tanto Fiscalía como las acusaciones se han mantenido en posición de calificar la actuación de asesinato al considerar que Ismael Rodríguez disparó en los agentes con la intención de encubrir que no tenía en regla la licencia de armas y que tampoco tenía el permiso necesario para cazar aquel día en el coto de Aspa.
También consideran que hubo alevosía en entender que ninguno de los dos agentes pudo reaccionar, ni estaban en igualdad de condiciones que el acusado. Un extremo que el jurado popular ha visto probado y ha incluido en su veredicto.
El jurado también ha desestimado la petición de la defensa que argumentaba que el acusado tiene una supuesta patología mental para que influyera como atenuante en los hechos y que pudiera ingresar en un centro psiquiátrico del acusado.