Uno de los frenos principales al desarrollo de la industria de los drones en España deriva de la legislación, considerada por diferentes asociaciones de usuarios como demasiado restrictiva. Este mes de junio, la norma ha sido modificada mediante Real Decreto. Con el cambio, según el Consejo de Ministros, se “aporta estabilidad y seguridad jurídica al sector”. El Real Decreto completa la normativa de la Unión Europea (Reglamento Delegado (UE) 2019/945 y del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947) y se deroga el Real Decreto 1036/207 que regulaba la utilización civil de estas aeronaves.

El nuevo marco normativo entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las principales novedades incluidas en el nuevo Real Decreto se encuentran en cambios y regulaciones dentro de las operaciones EASA, la creación de una nueva zonificación de UAS, el desarrollo del marco normativo para U-Space, y la aplicación del régimen jurídico a las operaciones No EASA. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), en su compromiso con el servicio público a los usuarios, modificará toda la información al respecto en el ámbito “UAS/Drones” de su web, donde se irá actualizando el contenido para mayor agilidad y comprensión de la normativa.

Operaciones 

Dentro de las operaciones de aeronaves EASA, es decir, aquellas operaciones de aeronaves para actividades o servicios incluidos en el ámbito de aplicación el Reglamento de Ejecución y el Reglamento Delegado (Reglamento Base de EASA), el nuevo Real Decreto introduce la regulación de  las Entidades Designadas para formar pilotos y se crea la figura del Instructor, Examinador y Evaluador. Al tiempo, se reduce la edad mínima de pilotos a distancia para operaciones en categoría abierta, que pasa a 14 o 12 años según la subcategoría y el tipo de UAS utilizado.

Zonificación

Además de las reglas generales de drones en función de la categoría operacional, dependiendo del lugar o tipo de actividad a desarrollar, el operador puede estar sujeto al cumplimiento de otros requisitos. Con la actualización normativa en relación a la zonificación, se establecen requisitos y limitaciones aplicables al uso de UAS con un esquema más ajustado al nuevo entorno regulatorio europeo. Los principales cambios son el fin de la distinción entre actividades recreativas y profesionales y sus requisitos concretos de zonificación, la eliminación de coordinar las operaciones de UAS en espacio aéreo controlado, siempre que esté fuera del entorno de aeródromos/helipuertos y no supere la altura máxima de 60 metros y el establecimiento de zonas generales y un marco para la creación de zonas particulares por motivos de seguridad operacional y pública, privacidad y protección del medio ambiente. El establecimiento de estas zonas se hará a iniciativa de CIDETRA o por petición de la administración pública, estatal o autonómica.