¿Tiene ascensor el edificio donde vives? Si es así, a partir de este 1 de julio, tus vecinos y tú puede que hayáis de tener que abordar mejoras que, en algún caso, pueden rondar los 30.000 euros. La nueva normativa de puesta en servicio, modificación y mantenimiento de ascensores. Si la instalación no se ajusta a la nueva legislación, el responsable será el presidente de la Comunidad de Vecinos.

 

Los cambios

Aunque se estima un plazo de siete años para que las mejoras se completen en todo el parque de ascensores, la nueva norma detalla las actuaciones necesarias: sistemas de detección en puertas con cortinillas, dispositivos de comunicación bidireccional en la cabina y, también, sistemas capaces de controlar la carga que soporta el ascensor. Si no se dispone de ellos, habrá que instalarlos y la inversión oscila entre los 800 euros que puede costar un sistema de comunicación bidireccional y los 30.000 que implica realizar actualizaciones en el sistema de contrapesos del ascensor.

Inspecciones

En la norma se establecen también los plazos de mantenimiento de la instalación, que dependen del uso del ascensor y su tipología. Si la vivienda es unifamiliar y el ascensor de baja velocidad, bastará con completarlas (y superarlas) cada cuatro meses, pero el resto de ascensores deberá superar mantenimientos mensuales. Al tiempo, las inspecciones periódicas deberán realizarse cada dos años en ascensores de edificios industriales o de pública concurrencia. En el caso de edificios con más de 20 viviendas o más de cuatro plantas, las inspecciones se realizarán cada cuatro años. El resto de ascensores tendrán que realizar estas revisiones cada seis años. Por supuesto, si no se cumple la normativa, habrá multas.