Los propietarios de un total de 1.759.105 vehículos matriculados en Catalunya tendrán que tributar desde este 1 de septiembre por el impuesto sobre las emisiones de CO2 correspondiente al ejercicio 2023. Según los datos del padrón, están sujetos al impuesto 1.442.922 contribuyentes, entre personas físicas y jurídicas. La Generalitat prevé llegar a una recaudación de casi 51 millones de euros (50.906.625,58 millones) que, explican, "devolverán a la ciudadanía a través de inversiones para mejorar el medio ambiente y la movilidad sostenible, potenciar la transición energética y actuar contra el cambio climático". En Catalunya circulan actualmente más de 5 millones de vehículos, hecho que implica que un 35% de ellos paga esta tasa.
Padrón
El padrón está disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Catalunya. Los contribuyentes pueden consultar los datos, así como la cuota que les corresponde abonar y el periodo de pago. Para hacerlo se tiene que acceder con el NIF y la matrícula (para un vehículo concreto) o con identificación digital, utilizando el idCAT Móvil u otro certificado digital, para visualizar todos los vehículos de los cuales el contribuyente es titular. Los vehículos que ya constaban en el padrón del año anterior y domiciliaron el pago recibirán el cargo en la cuenta el próximo 20 de noviembre. Los que tributaron el año pasado pero no tienen el pago domiciliado, pueden abonar el impuesto desde el 1 de septiembre hasta el 20 de noviembre. Con respecto a los vehículos de nueva tributación, la fecha límite de pago se indica en la notificación que recibirá el titular. Por otra parte, las personas que domicilien el pago del impuesto a partir de ahora obtendrán un 2% de bonificación de la cuota para los próximos ejercicios. En caso de que, al recibir la notificación para autoliquidar el impuesto, se encuentre algún dato incorrecto, se puede interponer un recurso accediendo a la página de consulta del padrón|patrón.
¿Por qué vehículos se tiene que pagar?
Están obligadas a tributar por el impuesto sobre las emisiones de CO2 las personas (físicas y jurídicas) que durante el año 2023 han tenido domicilio fiscal en Catalunya y han sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta). En concreto, están sujetos los turismos y motocicletas con unas emisiones oficiales de más de 120 g/CO2 por km (y, en el caso de las furgonetas, de más de 160 g/CO2 por km).També están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Catalunya pero que, durante el 2023, han tenido un establecimiento, sucursal u oficina y han sido titulares de algún vehículo domiciliado en Catalunya.
Por el contrario, están exentos de tributar los vehículos 100% eléctricos, los ciclomotores, los camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, los autocares, los vehículos autorizados a transportar a más de 9 personas (incluyendo el conductor) y los vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los clásicos disfrutan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por lo tanto, tampoco tributan. Asimismo, no tienen que abonar el impuesto los titulares de vehículos que no superen los 6 euros de cuota a ingresar.