Desde este 1 de enero, el impuesto al plástico que gravará con 0,45 euros cada kilo de plástico qe una empresa utilice y no pueda o no sepa reciclar, está en vigor y, desde diferentes patronales, se da por hecho que implicará notables subidas de precios, pues se repercutirá en los precios de venta al público. Con todo, hay productos que están exentos del mismo. Te indicamos cuales.
Ni pinturas, ni tintas, ni lacas, ni pegamentos
Los adhesivos y las lacas, tintas, pinturas y similares no estarán afectados por la tasa, ya que se entiende que los envases de plástico no reciclables son imprescindibles para contener y proteger estos productos, que pueden resultar tóxicos en muchos casos. Tampoco se va a aplicar a lo que se considera “pequeñas importaciones intracomunitarias”, que son todas aquellas en las que se emplean envases de plástico no reciclado que pesan menos de cinco kilogramos en total, sumando todas las unidades.
Ni preparados para lactantes de uso hospitalario ni residuos peligrosos
El plástico no reciclable se podrá seguir usado sin gravámenes adicionales en el caso de los preparados para lactantes, pero sólo si son de uso hospitalario; así que, si compras leche en polvo para tu bebé que no vaya en lata o cartón, seguramente te saldrá más cara. Los residuos peligrosos de origen sanitario o los productos vinculados con usos médicos especiales también estarán exentos. En Italia, de momento, la aplicación de esta tasa ha quedado suspendida y la Comisión Europea ya ha indicado repetidas veces que la normativa española es “demasiado ambiciosa”.
¿Y a qué afecta?
Pues a casi todo: vasos de plástico, rollos para embalaje, envases de todo tipo y condición, botellas y latas de refresco y hasta cajas y palés de transporte. Los sistemas plásticos de cierre hermético también están afectados