Puede que hasta lo hayas hecho tú mismo alguna vez aunque, lo más habitual, es que lo hayas sufrido. De hecho, es hasta más que probable que hayas sido víctima de esta reprobable conducta este verano mientras tratabas de aparcar en el centro de alguna ciudad o de un núcleo costero o turístico. ¿A qué nos referimos? Pues a la costumbre de algunos conductores de dejar a un familiar o un amigo de pie ocupando una plaza de estacionamiento hasta que ellos se encuentran en disposición de ocuparla. Hacerlo no sólo es una conducta inadecuada. Es, también, una actitud punible según el Reglamento de Circulación.

 

Ejemplo

Sobre esta conducta, a todas luces reprobable, ilustraba al respetable esta segunda quincena de agosto Miguel García Torres, profesional castellonense del marketing. Lo hacía en Linkedin con un vídeo en el que una mujer ocupaba con su persona una plaza de aparcamiento en el centro de una ciudad e impedía a otros conductores ocuparla. Faltó poco, de hecho, para que el asunto acabase en pelea física.

El reglamento

Sobre este particfular, el Reglamento de Circulación es claro. En su artículo 122-6 indica claramente que, si existen aceras, conzas peatonales o similares, los viandantes no deben estar jamás en la calzada aunque, detalla la norma, "sea en espera de un vehículo y para subir a éste". En definitiva; que un peatón no pinta nada en el asfalto si hay acera y que lo de reservar una plaza de aparcamiento plantándose en ella es mala idea. Y lo es tanto que hasta puede implicar una sanción de 80 euros. Si se te vuelve a ocurrir hacerlo, descártalo y, si te lo hacen, no discutas: llama a los municipales. Aparcarás y, además, te reirás a costa del espabilado o, como en el vídeo de Miguel, espabilada.