En un contexto, provocado por las acusadas fluctuaciones que el precio de la energía registra desde hace años, el interés de los propietarios por los sistemas de autoconsumo residencial crece mes tras mes. Durante los dos últimos años, nuestros tejados se han poblado de casi 330.000 instalaciones domésticas, según datos de APPA Renovables. En el último año, la compañía española de autoconsumo. La mayoría se instalan en viviendas unifamiliares, pero desde el pasado otro la empresa especialista en autoconsumo Samara ha detectado un incremento del 28% en la demanda de instalaciones en comunidades de vecinos. Esa cifra, viviendo como viven el 65% de los españoles en pisos, es un dato a tener muy en cuenta.

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¿Qué tipo de instalaciones se pueden realizar en comunidades de vecinos?

Si en el caso de las instalaciones unifamiliares la estructura de funcionamiento puede estar más clara, una de las grandes barreras para acercarse al autoconsumo colectivo es comprender las posibilidades y vías existentes para compartir el tejado con los vecinos. En ese sentido, existen diferentes tipos de instalación en comunidades de vecinos en función de los suministros  que cubren. Así, y por ejemplo, un bloque de viviendas resulta idóneo para instalaciones colectivas que permitan compartir producción entre los vecinos: los vecinos acuerdan realizar una única instalación y se reparten entre estos la energía producida. Al tiempo, también es posible activar instalaciones que cubren el consumo eléctrico del edificio o, incluso, instalaciones individuales que cubren el consumo de una vivienda privada. En estos casos, la energía producida por la instalación cubre el gasto que realiza el vecino en su propia vivienda. La instalación será en este caso propiedad del vecino que realiza la instalación y será de carácter privativo, no comunitaria. En una comunidad se puede acordar que cada uno de los vecinos realice su propia instalación individual. Por último, también son factibles combinaciones de las anteriores: siempre que sea posible a nivel logístico y de espacio, se puede realizar una instalación de autoconsumo colectivo para, por ejemplo, dar servicio a los vecinos y también a las zonas comunes.

¿Cuántas aprobaciones se necesitan?

Otro de los dilemas que pueden venir a la mente de miles de españoles que quieren aprovechar el tejado de su edificio es la necesidad de aprobación comunitaria. “Es importante mencionar que se han suavizado las condiciones para tener luz verde en comunidades, y, en la actualidad, no hace falta unanimidad para instalar autoconsumo comunitario.” señala Manel Pujol, de Samara.  Las normas de aprobación son diferentes según la naturaleza de la instalación que se pretende llevar a cabo. Para instalaciones que cubran zonas comunes, por ejemplo, hoy es necesario el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios, siempre que el coste de la instalación repercutido anualmente no supere la cuantía de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes. El coste se calcula una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas. Además, se cuentan como votos a favor los de los propietarios ausentes en junta que han sido informados después de la decisión y no se han opuesto en un plazo de un mes, lo que facilita que los proyectos salgan adelante.

En cuanto a instalaciones de autoconsumo colectivo, en las que los vecinos se benefician de una única instalación para su consumo, sólo hace falta el voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad. Los gastos de conservación y mantenimiento de la nueva infraestructura tendrán la consideración de elemento común y deberá ser soportado por los vecinos participantes de la instalación. Cualquier aspecto de la instalación de autoconsumo que no esté regulado explícitamente debe contar con aprobación de la junta de propietarios. Para instalaciones individuales de uso privativo, también es necesario el voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad.