Denominación de Origen Protegido (DOP) e Indicación Geográfica Protegida (IGP) son dos catalogaciones relacionadas con productos agroalimentarios no vínicos. La DOP es el nombre que identifica un producto originario de un lugar o región determinado, las características del cual se deben fundamentalmente a un medio geográfico particular, con los factores naturales y humanos inherentes a él, y del cual las fases de producción, transformación y elaboración se hagan totalmente en la zona geográfica definida. La IGP es el nombre que identifica un producto originario de un sitio o región determinado, que posee una calidad determinada u otra característica que pueda esencialmente ser atribuida a su origen geográfico, y del cual como mínimo una de sus fases de producción, transformación o elaboración se hace en la zona geográfica definida.
Las DOP e IGP son regímenes de calidad y origen establecidos y regulados por un reglamento europeo. Son precisamente uno de los ejes de la política agraria europea. Sin embargo, los distintivos para proteger la calidad diferenciada son anteriores, y Catalunya, en este aspecto, ha sido pionera. El territorio catalán, en su diversidad, presenta un patrimonio agroalimentario muy rico que la Generalitat de Catalunya ha protegido y valorado desde sus inicios. Eso fue así tanto por su vinculación con las estrategias de desarrollo rural, como porque es un signo diferenciador de la identidad cultural catalana.
Veintidós productos, en total, que no son solo un producto: son, principalmente, un patrimonio nacional. La certeza, en definitiva, de que en Catalunya el origen es calidad.
En la actualidad, el Estatut establece que la Generalitat de Catalunya tiene la competencia exclusiva sobre las denominaciones de origen, y las otras menciones de calidad y en materia de calidad de los productos agroalimentarios. Actualmente, Catalunya dispone de 12 DOP y 10 IGP de productos agroalimentarios reconocidas por la Unión Europea y, por lo tanto, inscritas en el registro de la Comisión Europea de DOP e IGP, y 2 IG de bebidas espirituosas (el Brandy del Penedès y la Ratafia Catalana). Estos géneros alimentarios se extienden por todo Catalunya y van desde frutas y hortalizas hasta aceites o cereales, pasando por productos cárnicos o lácteos.
Descubre los alimentos catalanes de los productores que mejor conocen y saben trabajar la tierra, que mejor transmiten la tradición local y cuyo saber hacer está reconocido con la máxima garantía que otorga el sello de calidad europeo DOP e IGP.
Las características para formar parte de este grupo selecto son variadas. El pliego de condiciones es el documento principal que regula una DOP e IGP. Se establece tanto la zona geográfica como las características del producto amparado. También son muy relevantes la descripción del método de obtención y el vínculo del producto que se quiere amparar con la zona delimitada. Todo su contenido tiene que ser consensuado y justificado. Todo eso, amparado en la voluntad de la Generalitat y su objetivo claro de alcanzar una protección y valorización del patrimonio agroalimentario catalán desde sus inicios. Precisamente, la Generalitat de Catalunya asumió, desde su reinstauración, competencias en materia de denominaciones de origen y de política agroalimentaria.
Un amplio abanico de productos con prestigio y tradición reconocidos, a vuestro alcance
La importancia de esta categorización de las DOP e IGP catalanas radica en los agricultores, ganaderos, elaboradores, cooperativas, empresas, etc., que forman parte de los consejos reguladores y producen y elaboran los productos amparados. Toda la regulación y la gestión que se hace desde las administraciones tiene sentido solamente porque hay miles de personas que están implicadas e invierten y emplean sus esfuerzos por sacarlas adelante.